Seguro de Caución

Qué son los seguros de caución

Un Seguro de Caución es un contrato mediante el cual una compañía aseguradora garantiza, en favor del Asegurado, el cumplimiento de las obligaciones de un Tomador o Proponente. Es decir, que la Aseguradora se encarga del resarcimiento del Asegurado en caso de que el Tomador no cumpliera con las obligaciones establecidas por contrato.

Se establecen entonces tres tipos de contratos:

  • El contrato principal, de donde se deducen las obligaciones y derechos de una y otra parte
  • La Póliza de Seguro de caución
  • La carta presentación y anexo, que regula las relaciones entre el Tomador y la Aseguradora
Así funciona un seguro de caución
Así funciona un seguro de caución

Los Asegurados pueden ser personas de derecho privado o personas de derecho público. Por esto, existe un gran número de agentes que pueden beneficiarse de éste tipo de seguro, desde Pymes, importadoras, exportadoras, y contratistas de obra, hasta entidades públicas como los Estados Provinciales, Municipalidades, Empresas estatales, e incluso el Estado Nacional.

Ventajas de los seguros de caución

Un Seguro de Caución ofrece varias ventajas sobre otro tipo de garantías.

En primer lugar, no afecta la línea de crédito del tomador. No es necesario que el solicitante cuente con reservas de capital inmovilizado.

Son más económicos y de más fácil acceso que otras garantías (como las bancarias). También los tiempos de emisión son más reducidos.

Incumplimiento

En general, las pólizas de caución no tienen un vencimiento, sino que se acaban cuando se comprueba que el Tomador ha cumplido con las obligaciones establecidas, o bien cuando indemniza al Asegurado por incumplimiento de contrato.

Cuando el Tomador incumple con sus obligaciones contractuales por causes que son imputables, se produce un siniestro. En esta situación, la Aseguradora responde indemnizando los daños causados a la parte asegurada.

Esto no quiere decir que el Tomador esté también cubierto por la póliza; la compañía de seguros simplemente asegura el pago inmediato al Asegurado, pero el Tomador deberá reembolsar a la Aseguradora por el monto que ha tenido que pagar.

Seguro de caución, ¿Qué pasa ante incumplimientos?
Seguro de caución, ¿Qué pasa ante incumplimientos?

Tipos de Coberturas

Ya que se trata de un contrato accesorio a un contrato principal, un Seguro de Caución puede requerirse en diversas situaciones.

La póliza puede cubrir obligaciones de hacer, tales como construcciones de obra o reparaciones, obligaciones de dar, que aseguran la entrega de determinados materiales o servicios, y obligaciones de pagar, como garantías de alquiler y de concesiones. También existen otros tipos de obligaciones menos frecuentes, como las que aseguran el correcto desempeño en una actividad o profesión (es el caso de los martilleros, por ejemplo).

En general, los tipos de pólizas se dividen de la siguiente manera.

Garantías Contractuales

Son los Seguros de Caución para Contratos de Obra, Seguros y Suministros. Puede atender a las necesidades tanto de contratos privados como públicos.

Algunas coberturas de este tipo son:

  • Mantenimiento de Oferta: garantía de obligaciones básicas.
  • Cumplimiento de Contrato: asegura que el Tomador cumpla con sus obligaciones en tiempo y forma.
  • Sustitución de Fondos de Reparo: el contratista debe subsanar las diferencias que pudieran aparecer en caso de fallas en la obra ejecutada.
  • Anticipos: pueden ser materiales o financieros, y la cobertura garantiza su correcta utilización.
  • Tenencia de bienes y materiales para uso o fabricación
  • Ejecución de Contratos

Garantías Aduaneras

Seguros de Caución para empresas exportadoras e importadoras.

En esta categoría se encuentran las pólizas para:

  • Importación/Exportación temporaria: se garantizan los derechos de importación o exportación por un lapso de tiempo determinado
  • Diferencia de Derechos y Tributos: cuando surgen controevrsias respecto a las tasas aplicables por Aduana sobre una determinada importación
  • Falta de Documentación: para casos en que el importador adeuda presentar documentos originales que permitan completar el despacho
  • Habilitación de Depósitos Fiscales
  • Tránsito Terrestre
  • Envío en Consignación

Otras Garantías

  • Judiciales
    • Contracautela: garantía por daños y perjuicios al patrimonio del tomador en caso de que una medida cautelar se solicite sin derecho
    • Sustitución de medidas cautelares: permite liberar el patrimonio perjudicado por medidas judiciales, ya sea por restricciones o embargos
  • Alquileres
    • Bienes Inmuebles particulares
    • Bienes inmuebles comerciales
  • Impositivas
  • Concesiones: garantía de pago en contratos de
    • Servicios en concesión
    • Explotación de bienes en concesión
  • Profesión o Actividad
    • Agencias de Turismo: garantía ante la Secretaría de turismo
    • Administradores, Directores y Gerentes de Sociedades Comerciales
    • Martilleros, Auditores, etc,: garantía ante el Colegio de Martilleros

Seguro de Caución para Alquileres

Vamos a detenernos para analizar en más detalle una de las pólizas más solicitadas por los particulares: el seguro de caución para alquiler.

Para alquilar una propiedad es necesario contar con algún tipo de garantía. Las Aseguradoras que emiten pólizas de Caución funcionan, entonces, como garante del inquilino en caso de inconvenientes como deudas o desalojos. Es la solución ideal cuando uno busca alquilar un inmueble sin garantía propietaria, tal como es de uso y costumbre en la Capital Federal.

Un seguro de caución es la mejor alternativa (y la más económica) para alquilar sin garantía propietaria
Un seguro de caución es la mejor alternativa (y la más económica) para alquilar sin garantía propietaria

Ante estos casos, el seguro de caución es sin duda la mejor solución para alquilar sin garante. Se puede contratar también un aval bancario, aunque sus costos y tiempos de procesamiento son mayores. Por ende, mucha gente prefiere alquilar sin aval bancario y optar por este tipo de seguros.

¿Qué cubre esta póliza?

El Seguro de Caución para alquileres ampara al propietario en los cocneptos de:

  • Pago de Alquiler
  • Pago de Expensas
  • Depósito de Garantía
  • Ocupación indebida
  • Impuestos

Lo invitamos a ver en este enlace las opciones disponibles para contratar un seguro como aval para su alquiler.

Requisitos para contratar un seguro de caución

La documentación a presentar y requisitos para aplicar pueden variar dependiendo del proveedor de la póliza, pero en líneas generales se requiere:

  • Formulario de Solicitud de Póliza
  • Documentación probatoria de ingresos
  • Documento Nacional de Identidad
  • En caso de garantías ofrecidas por bancos, puede ser requisito ser titular de caja de ahorros o cuenta corriente

Pueden establecerse ciertas limitaciones en tanto a:

  • Edad del solicitante
  • Situación laboral y fiscal del mismo (muchas veces se requiere permanencia mínima de dos años en relación de dependencia)
  • Ingresos en relación al costo de alquiler del inmueble
  • Ubicación del inmueble sobre el que se realizará el contrato
  • Características físicas del inmueble (limitaciones de tamaño, por ejemplo)

Denuncias

Toda póliza de seguros debe estar autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, al igual que la entidad aseguradora que la emite. La SSN es un organismo público dependiente del Ministerio de Hacienda que se encarga de regular, fiscalizar y supervisar a los operadores del mercado de seguros y reaseguros de Argentina.
En caso de inconvenientes o situaciones de incumplimiento de contrato por parte de la Aseguradora, comunicate con la Superintendencia de Seguros de la Nación. También podés denunciar entidades aseguradoras no registradas. Es posible contactar a la SSN via web, personalmente o por teléfono.

3 opiniones de Seguro de Caución

Contá tu experiencia con Seguro de Caución y ayudá a la comunidad

  1. Es una estafa el seguro de caución y están entongadas las escribanias/inmobiliaras con las aseguradoras. Tenia tdo arreglado, pagando un seguro de caución que salga como garantía para un alquiler en CABA, todo arreglado con la inmobiliaria. En la escribania para firmar, me dicen que no era valido, yo ya habia pagado, y no me lo querían tomr. No solo se cayó el alquiler, sino que pague de más 2 cuotas del seguro. Ridiculo. Hice las quejas correspondientes y no solo me salió el alquiler, sino que multaron a la escribania por su mal proceder. Pero el tiempo que perdi y la mala sanggre que me hice, no tiene precio

  2. Tengo entendido que el Seguro de Caucion NO cubre los incumplimientos del inquilino respecto de los servicios de agua, gas, luz, etc, y tampoco las moras o gastos resultante de la mora de estos servicios, por ejemplo, si no paga el gas o la luz, habra retiro del medidor, y costos extras para su restitucion y reconeccion,,

    1. Hola. Yo vivo en Mardel y generalmente los dueños piden que los servicios estén a nombre del inquilino como condición. Entonces si se genera deuda, queda a nombre de ellos y no del dueño.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *